Home » Recursos de documentos » Formularios » Formulario I-485
Formulario I-485: Solicitud de ajuste de condición
¿Qué es el formulario I-485 y por qué se presenta?
El formulario I-485, conocido oficialmente como Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Condición, permite a quienes ya están en Estados Unidos solicitar un permiso de residencia o trabajo (residencia permanente legal) sin tener que salir del país. Por lo general, lo presentan quienes son elegibles mediante peticiones para familiar (por ejemplo, después de la aprobación del formulario I-130) o por patrocinios de empleo. Con la presentación de este formulario se inicia el paso final hacia la obtención de un permiso de residencia o trabajo y la condición de residente permanente.
¿Quién es elegible para presentar el formulario I-485?
Puede presentar el formulario I-485 si:
- está físicamente presente en EE. UU.;
- tiene una petición aprobada (como el formulario I-130) o lo han patrocinado para un permiso de residencia o trabajo para familiar o por empleo;
- cumple con los requisitos de elegibilidad, incluido el ingreso legal a EE. UU., y tiene un número de visa disponible en su categoría.
El formulario I-485 está disponible para varias categorías de inmigrantes, como parientes inmediatos de ciudadanos estadounidenses, inmigrantes por empleo, refugiados y asilados.
¿Qué debería incluir al presentar el formulario I-485?
Los documentos requeridos dependen de su categoría de inmigración, pero en general incluyen:
- una copia del aviso de aprobación de su petición de inmigrante (si corresponde);
- prueba de entrada legal a EE. UU. (registro de llegada o salida I-94);
- fotografías estilo pasaporte;
- certificados de nacimiento y documentos de identificación;
- examen médico (formulario I-693) realizado por un medico de migración aprobado por USCIS.
¿Necesito proporcionar traducciones de documentos extranjeros?
Sí, cualquier documento en idioma extranjero presentado con el formulario I-485 debe estar acompañado de una traducción certificada al inglés. Esto incluye certificados de nacimiento y de matrimonio, y cualquier otro documento de respaldo. El uso de un servicio de traducción profesional como Translations Certified garantiza el cumplimiento de los estándares de USCIS, lo que evita demoras.
¿Cuál es la tarifa de presentación del formulario I-485?
La tarifa total para presentar el formulario I-485 varía según la edad del solicitante y si se requieren huellas dactilares (datos biométricos). En general, la tarifa de presentación es de $1,140 y la de datos biométricos son $85 adicionales. Revise siempre la calculadora de tarifas de USCIS para obtener la información más actualizada.
¿Puedo presentar los formularios I-485 e I-130 al mismo tiempo?
Sí, en ciertos casos, se permite la presentación simultánea de los estos dos formularios. Por lo general, esto se aplica a familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses, como cónyuges, que ya se encuentran en Estados Unidos y cumplen con los requisitos de elegibilidad para ambos formularios. La presentación simultánea puede acelerar el proceso para los solicitantes de permiso de residencia o trabajo de familiar.
¿Cuánto tiempo lleva procesar el formulario I-485?
Los tiempos de procesamiento del formulario I-485 pueden variar según la categoría del solicitante, el centro de procesamiento de USCIS y la complejidad del caso. Para las solicitudes de familiar, en general toma entre 8 y 14 meses, mientras que las peticiones por empleo pueden demorar más. Puede consultar los tiempos de procesamiento en el sitio web de USCIS para obtener estimaciones más específicas.
¿Qué sucede después de presentar el formulario I-485?
Después de presentarlo, recibirá un aviso en el que le confirmen que USCIS ha aceptado su solicitud. También es posible que se le solicite asistir a una cita de biometría, donde se tomarán sus huellas dactilares, fotografía y firma. Según su caso, USCIS puede programar una entrevista para revisar su solicitud y verificar su elegibilidad.
¿Puedo trabajar mientras se procesa mi formulario I-485?
Sí, si presenta el formulario I-485, puede solicitar Autorización de Empleo (EAD) mediante el formulario I-765. Si se lo aprueban, este documento le permitirá trabajar legalmente en EE. UU. mientras se procesa su solicitud de permiso de residencia o trabajo. También puede solicitar un Permiso de viaje anticipado (formulario I-131), que le permite viajar fuera de EE. UU. durante el período de procesamiento sin abandonar su solicitud.
¿Qué sucede si rechazan mi I-485?
Si USCIS rechaza su solicitud de formulario I-485, le darán los motivos en un Aviso de denegación. Las razones comunes incluyen presentación de información incompleta, falta de elegibilidad o no asistir a una entrevista. En algunos casos, puede apelar la decisión o presentar una moción de reapertura mediante el formulario I-290B.
¿Puedo acelerar el procesamiento del formulario I-485?
Si bien no existe un método garantizado para esto, USCIS puede considerar solicitudes de procesamiento acelerado en circunstancias específicas, como razones humanitarias o pérdidas financieras significativas para una empresa o un particular. Las solicitudes deben incluir evidencia sólida que respalde la necesidad de urgencia.
La información proporcionada aquí es solo para fines informativos generales y no pretende ser asesoramiento legal. Si bien nos esforzamos por garantizar que la información sea precisa y actual, no sustituye el asesoramiento legal profesional. Consulte a un abogado calificado para obtener asesoramiento sobre su situación específica o si tiene preguntas legales.